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Información sobre la limitación de reuniones sociales

 

En el DOE extraordinario número 9 del sábado 17 de octubre de 2020, se ha publicado la resolución  del Acuerdo de 16 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se modifica el Acuerdo de 2 de septiembre de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establecen las medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura tras la superación de la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y se adoptan medidas excepcionales y temporales de intervención en materia reuniones en Extremadura.

Lo más relevante de estas nuevas medidas se encuentra en la limitación de un máximo de 6 personas para las reuniones sociales, ya sea en la vía pública o en el ámbito privado, con las siguientes excepciones:

  • Grupos de convivientes
  • Actividades laborales e institucionales
  • Órganos de gobierno o de deliberación

Estas medidas entrarán en vigor a partir del domingo 18 de octubre a las 00:00 horas y se mantendrán vigentes como mínimo durante 14 días, con posibilidad de que se prorroguen si la situación no mejora y no bajan los casos de contagios de Covid-19.

Pueden leer la publicación íntegra del DOE en este enlace:

DOE 17 OCTUBRE 2020