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Ayudas para facilitar el retorno de los extremeños en el exterior y sus familias


1. REQUISITOS:
  • Haber nacido en Extremadura y sus descendientes (hijos y nietos).
  • Haber residido fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura un periodo mínimo de CUATRO AÑOS ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de su retorno y no haber pasado más de un año desde su retorno definitivo a Extremadura.
  • Estar empadronado y tener residencia efectiva en algún municipio de Extremadura en el momento de presentar la solicitud.
  • No superar el cómputo de ingresos establecidos.


2. DOCUMENTACIÓN:
  • Fotocopia compulsada del Libro de Familia.
  • Documento acreditativo del lugar de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento histórico que acredite haber residido fuera de Extremadura en los últimos 4 años.
  • Certificado de empadronamiento que acredite el alta del solicitante en el padrón de Ayuntamiento extremeño.
  • Fotocopia compulsada de la declaración de la renta.


CUANTÍA DE LA AYUDA: 1500 EUROS.
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN: hasta el 15 DE OCTUBRE DE 2019.

MÁS INFORMACIÓN EN EL SERVICIO SOCIAL DE BASE.