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Ayudas de apoyo social para contingencias



1. Objeto. Situaciones extraordinarias que se vean privadas de los recursos básicos para la subsistencia que deban ser atendidas en un breve plazo.

2. Naturaleza y finalidad. Ayuda extraordinaria económica y de pago único para cobertura de recursos personales básicos, será incompatible con cualquier otra ayuda concedida por otras Administraciones.

3. Gastos subvencionables. Gastos por deudas previas vencidas con una antigüedad de seis meses; alojamiento temporal; instalaciones y/o equipamiento básico de la vivienda habitual originados por causa mayor; necesidades primarias; asistencia sanitaria o socio sanitaria no cubiertos por el Sistema Público, prescrito por el facultativo; carencia crítica.

4. Beneficiarios. Estar empadronado al menos tres meses antes de la solicitud; pertenecer a una unidad familiar con ingresos insuficientes, no superando las siguientes cantidades.
  • Familias de un miembro: 465,90 €
  • Familias de dos miembros: 515,64 €
  • Familias de tres miembros: 564,34 €
  • Familias de cuatro miembros: 615,04 €
(Para el cálculo, se sumarán todos los ingresos en los últimos tres meses y se procederá a dividir por tres).

5. Plazo. Hasta el 30 de noviembre de 2015.

Más información en el Servicio Social de Base.